REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 2 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-002802
ASUNTO : RP01-P-2010-002802

A los fines de celebrar en el día de hoy, Dos (02) de Febrero de Dos Mil Once (2011), la audiencia de Constitución del Tribunal Mixto Tercero de Juicio, en la presente causa, a las 8:30 AM se constituyó este Juzgado en la sala N° 4 de este Circuito Judicial Penal el Juzgado Tercero de Juicio, presidido por el Juez ABG. SAMER ROMHAIN, en la causa seguida al acusado GUSTAVO JOSE VASQUEZ por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION. Procediendo este Juzgado a celebrar el acto de marras en presencia de la Fiscal Séptima Del Ministerio Público ABG. MARIUSKA GABALDÓN, el acusado GUSTAVO JOSE VASQUEZ; la víctima JOHNNY RAFAEL MATA RODRÍGUEZ; y la Defensa Pública ABG. MARIANA ANTÓN quedando constituido de la siguiente forma: Juez Presidente: ABG. SAMER ROMHAIN, escabinos: Primer Titular: ZORAIDA JOSEFINA COVA DE SALMERON, Segundo Titular: RAMON JOSE ANTON y Suplente: ADEL JOSE MEZA RONDON.; Una vez constituido el Tribunal Mixto, la Defensa Pública solicito la Tribunal la revisión de medida de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en los siguientes términos:

I
SOLICITUD DE LA DEFENSA
“Solicito al Tribunal considere la revisión de la medida privativa de libertad que pesa sobre mi representado de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal ya que considera esta Defensa que el mismo puede llevar el proceso con un régimen de presentaciones en libertad ya que esta asistido por el principio de presunción de inocencia y estado de libertad establecido en el Código Orgánico Procesal Penal y en la Constitución”

II
DECISIÓN DEL TRIBUNAL:

Este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: Se observa que la Defensa esgrime que en la audiencia de presentación el imputado indicó la presencia de testigos de los hechos pero el Tribunal de control en base a los elementos de convicción presentado por el Ministerio Público consideró procedente decretar la medida privativa de libertad que actualmente lo cual mantuvo así en la audiencia preliminar celebrada en la presente causa, ahora, viendo que en los actuales momentos no han variado las circunstancias que dieron origen para dictar tal fallo, aunado al hecho de que este Juzgado se ha constituido como Tribunal Mixto a los fines de la celebración del Juicio Oral y Público al acusado de autos, considera este Juzgado que tales motivos o fundamentos son suficientes para que la solicitud de la defensa de revisión de medidas Sea declarada SIN LUGAR.

Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR, la solicitud de revisión de medidas presentada en este acto por la defensa Pública representada por la abogada María Antón a favor de su defendido GUSTAVO JOSE VASQUEZ por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
JUEZ TERCERO DE JUICIO

ABG. SAMER ROMHAIN
LA SECRETARIA.

Abg. FABIOLA BAUZA.