REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN , EJECUCION Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE
PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
ASUNTO: JMSI-S-0907-10
SOLICITANTE. YAJAIRA YEGREZ ESTABA
MOTIVO . UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos YAJAIRA JOSEFINA ESTABA Y DIOLEIDA JOSEFINA LOPEZ ANTON venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad 8.431.044 Y 5.694.544 , respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara JUSTIFICATIVO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS , del de cujus JOSE ANTONIO MARCHAN SALGADO , quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº 12.270.109, a favor de su esposa ciudadana. YAJAIRA YEGRES ESTABA, titular de la cedula de identidad Nº 15.743.087 y a sus hijos: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de DOCE (12), CINCO (05) Y UN (01) años de edad, respectivamente, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. En consecuencia, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devolver los originales a la parte interesada, constante de doce (12) folios útiles. Publíquese, regístrese y agréguese.
Dado, sellado y firmado en la sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná, en Cumaná a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil once (2011) . 151° de la Independencia 200° de la Federación.-
LA JUEZ
Abg. MARIA E. GRAZIANI L.
LA SECRETARIA,
MEG/yulay
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