REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Penal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Estado Sucre Extensión-Carúpano
Carúpano, 10 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2009-000116
ASUNTO: RP11-D-2009-000116


Visto la comunicación emanada del Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial, donde informa que al sancionado "OMISIS" detenido a la orden de ese despacho , por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVINIENTES DEL DELITO, este Tribunal en atención a la información suministrada y por cuanto el proceso que se le sigue al sancionado por la jurisdicción de adultos, se encuentra en la etapa intermedia, conforme a la disposición contenida en el artículo 622 en su parágrafo primero de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se debe suspender el cumplimiento de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, hasta tanto se defina la situación procesal del sancionado y así se decide.

En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, acuerda SUSPENDER LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que pesa sobre el sancionado "OMISIS", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 622 en su parágrafo primero de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se ordena librar oficio Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial, participándole que se suspendió el cumplimiento de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta que pesan sobre el sancionado "OMISIS", por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, hasta tanto se defina su situación procesal, por lo que deberá informar a este Juzgado una vez culmine la fase intermedia, la situación procesal del sancionado. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio.”Cúmplase”.