REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

Carúpano, 7 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2010-002841
ASUNTO: RP11-P-2010-002841


PRORROGA OTORGADA
AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

Visto el escrito presentado por el Abg. Raúl Paredes, en su Carácter de Fiscal (Encargado) de la Fiscalia del Ministerio Público en Materia de Drogas, mediante el cual solicita PRORROGA, para presentar el acto conclusivo correspondiente en la presente causa, seguida al imputado ALBERTO JOSE RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en la Ley Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad.
Este Tribunal Quinto de Control a los fines de decidir observa:
Vista la solicitud de Prorroga, realizada por el Fiscal del Ministerio Publico y encontrándose en la oportunidad procesal para realizar la solicitud, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentando su solicitud que hasta la presente fecha no ha recibido la Experticia Química / Botánica y aun faltan diligencias por practicar, por esa fiscalia.y que las mismas son fundamentales ya que tienden a esclarecer los hechos y pueden influir en la calificación jurídica y la responsabilidad penal correspondiente; es por ello que, habiéndose solicitado la prórroga dentro del lapso a que se contrae el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto se entiende que uno de los fines de la investigación es aportar todo cuanto sea necesario tanto para inculpar como para exculpar al investigado, es por lo que éste Tribunal estima, que estando pendientes las diligencias señaladas es imposible dar por terminada la Fase Preparatoria en el lapso de 30 días a que se contrae el citado artículo 250; del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual, tomando en cuenta que la audiencia de presentación de imputado se realizó en fecha 08-12-2010, es por lo que estando dentro de la oportunidad legal, se concede la prórroga solicitada por el representante del Ministerio Publico, por un lapso de Quince (15) días continuos, contados a partir del día 07-01-2011, la cual vencerá el día 21-01-2011; ello a los efectos de que el Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa seguida al imputado ALBERTO JOSE RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en la Ley Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

DISPOSITIVA
En consecuencia; éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la PRORROGA solicitada por el Fiscal del Ministerio Público, por un lapso de Quince (15) días continuos, contados a partir del día 07-01-2011, la cual vencerá el día 21-01-2011, ello a los efectos de que el Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa seguida al imputado: ALBERTO JOSE RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en la Ley Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión y se ordena la remisión de la presente decisión a la Fiscalía del Ministerio Público en Materia de Drogas. Cúmplase.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL

ABG. YSMENIA FERNANDEZ H.
EL SECRETARIO JUDICIAL

ABG. DOUGLAS RIVERO