JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 01 de diciembre de 2.011
201º y 152º
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: TEODOSA DEL CARMEN NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 5.867.351 y domiciliada en la población de San Roque , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistida por el ciudadano Alfredo Fermín, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.143 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo: MARCA: DODGE, MODELO: SPORTSMAN, AÑO: 1977, CLASE: CAMIONETA, TIPO: AUTOBUSETE, COLORES: AZUL Y BLANCO, SERIAL DEL MOTOR:7M3180109865, SERIAL DE LA CARROCERÍA: B36BE7X163150, USO DEL VEHÍCULO: ALQUILER POR PUESTO, PLACA ACTUAL Nº: 578464 y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: GERARDO ANTONIO GUTIERREZ LANZ y JUAN RAMÒN VARGAS ORDOSGOITTY, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.6.304.642 y 6.955.201, respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano TEODOSA DEL CARMEN NARVAEZ, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar al primer día del mes de diciembre de dos mil once. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T. S. U. Zoraima M. Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas.
Sol.Nº. 078-2011
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