REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 20 de Diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000446
ASUNTO : RP01-P-2009-000446
Visto los reiteradas diferimientos de la audiencia preliminar fijada en el presente asunto, este Tribunal estima necesaria la revisión de las actas procesales, a los fines de verificar las razones del retraso, constatándose que hasta la presente fecha no ha sido posible la notificación del imputado, observándose que en el reverso de la boleta cursante al folio 96 el Alguacil actuante adscrito a la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, señala que la dirección descrita en la boleta no existe, por lo que el resultado de dicha boleta es negativo, en virtud de ello y ante la imposibilidad de realizar la notificación del imputado para la celebración de la audiencia preliminar, se acuerda Oficiar al SAIME con sede en esta ciudad de Cumana, con base en lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de informar a este despacho a la brevedad posible, la dirección que riele en sus registros, del imputado RUBEN ANTONIO RODRÍGUEZ VIVENES, titular de la cédula de identidad No. 15.115.137. Líbrese oficio. Cúmplase
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABG. KARELINA ARENAS RIVERO
LA SECRETARIA
ABG. MARIANA MADRID ORTEGA
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