REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 16 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004416
ASUNTO : RP01-P-2010-004416

Realizada como ha sido en el día de hoy, dieciséis (16) de diciembre del año dos mil once (2011), la Audiencia para verificar cumplimiento de Medida de Seguridad, en la causa No. RP01-P-2010-004416, seguida en contra del RICARDO DEL JESÚS RODRÍGUEZ OLIVEROS, venezolano, natural de Cumaná, de 22 años de edad, nacido en fecha 13-09-88, soltero, de oficio estudiante y técnico en electrónica, titular de la cédula de identidad Nº 23.584.713, residenciado en la población de Pantoño arriba, sector santa clara, casa sin número por la vía los cuatro rumbos, al lado de la venta de arena, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre.

Se procedió a verificar la presencia de las partes y se dejó constancia que comparecieron el Fiscal 11° Auxiliar del Ministerio Público, ABG. ROLNAR SANABRIA; el Defensor Público Segundo, Abg. CRUZ CARABALLO, en sustitución de la Defensora Pública Cuarta y el imputado RICARDO DEL JESÚS RODRÍGUEZ OLIVEROS, previa citación.

Se dio inicio al acto y se le informó a las partes del motivo del mismo.

EXPOSICIÓN DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Se le otorgó la palabra al Fiscal Auxiliar Décimo Primero del Ministerio Público, Abg. ROLNAR SANABRIA, quien expuso: “solicito que el imputado exponga los motivos por los cuales no continuó cumpliendo con las Medidas de seguridad decretadas en fecha 06-04-2011, tal como consta en oficio emanado de la UTAF, en fecha 15-09-11. Es todo”.

DECLARACIÓN DEL IMPUTADO
Se le concedió la palabra al imputado, previa imposición del precepto constitucional previsto en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y explicó su contenido, exponiendo el imputado haber entendido lo solicitado por el Ministerio público, el cual expone: “Yo fui para la UTAF y me dijeron que yo podía ir cuando yo quisiera y que fuera cada 15 días y yo no puedo estar viajando para acá por que trabajo en Puerto La Cruz. Es todo”.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
Se le otorgó la palabra al Defensor Público, Abg. CRUZ CARABALLO, quien expuso: “En razón a la incertidumbre del cumplimiento o no mi representado, la Defensa solicita se le sea extendido el lapso de cumplimiento y asimismo solicito que se le oficio a la Unidad de Tratamiento al fármaco dependiente para que remita al Tribunal el resultado de análisis toxicológico practicado a mi representado el 24-05-2011. Es todo”.

DISPOSITIVA
El Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasó a pronunciarse de la manera siguiente: Visto lo manifestado por la defensa pública y el imputado de autos en esta sala, a lo cual no hizo objeción el Ministerio público, este Tribunal acuerda que el mismo siga cumpliendo con la obligación de presentarse por ante la UTAF, para continuar siendo sometido al tratamiento de desintoxicación y rehabilitación, por lo que se acuerda extender el lapso de cumplimiento de condiciones lo cual fue solicitado por la Defensa en este acto. Líbrese oficio a la unidad de Tratamiento al Fármaco dependiente, informándole acerca de lo aquí acordado. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. IVETTE FIGUEROA BAPTISTA

LA SECRETARIA,
ABG. NATHALIA MALAVÈ