REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 08 de agosto de 2011
201º y 152º


ASUNTO: JE1-0420(TP1-S-0832-06)-10
SOLICITANTE: SENAIDA ALCALA
MOTIVO: AUTORIZACIÒN JUDICIAL

Vista la diligencia estampada por la ciudadana SENAIDA ALCALÁ, titular de la cédula de identidad Nº 12.660.065, asistida de la Defensora Pública, Abg. MARISOL HERNÁNDEZ en la cual solicita autorización para retirar el monto total que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros Nº 0175-0081-39-0010005112 de Bicentenario. Banco y la cancelación de la misma, y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal acuerda lo solicitado y en vista que no existen elementos que justifiquen la permanencia del presente asunto en el Tribunal se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el cierre de la causa y el archivo del asunto. Cúmplase. (Fdo) La Jueza Abg. María Eugenia Graziani. La Secretaria (fdo) Abogada Luisa Márquez. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los Ocho (08) días del mes de Agosto del año Dos Mil Once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.


LA SECRETARIA

ABG. LUISA MARQUEZ





SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CIERRE DE CAUSA