REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

Tribunal Penal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Estado Sucre Extensión-Carúpano
Carúpano, 8 de Agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2008-000251
ASUNTO: RP11-D-2008-000251


Visto la comunicación emanada del Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial, donde informa que al sancionado ADRIAN DEL JESÚS ORFILA DIAZ, se le decretó la Privación Judicial de Libertad, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, este Tribunal en atención a la información suministrada y por cuanto el proceso que se le sigue al sancionado por la jurisdicción de adultos, se encuentra en la etapa de investigación, conforme a la disposición contenida en el artículo 622 en su parágrafo primero de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se debe suspender el cumplimiento de las presentes medidas de libertad Asistida e Imposición de reglas de Conducta, hasta tanto se defina la situación procesal del sancionado y así se decide.

En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, acuerda SUSPENDER LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, que debe cumplir el sancionado ADRIAN DEL JESÚS ORFILA DIAZ, venezolano, nacido en fecha 12-01-1991, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.564.871, soltera, Estudiante del Tercer año de Bachillerato, hijo de José Orfila y Mary Díaz y domiciliado en Barrio Sol Paraíso, Calle Olivo, Casa S/Nº, cerca del Mercal, Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 622 en su parágrafo primero de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se ordena librar oficio Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial, participándole que se suspendió las medidas de libertad Asistida e Imposición de reglas de Conducta que debe cumplir el sancionado ADRIAN DEL JESÚS ORFILA DIAZ, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Yhompson Michael, Stuart Edwaurd Davie y Simón James Macdonal, hasta tanto se defina su situación procesal por esa jurisdicción, por lo que deberá informar a este Juzgado una vez culmine la fase intermedia, la situación procesal del sancionado. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio.”Cúmplase”.
El Juez de Ejecución
Abg. LUÍS ALFREDO PRIETO JIMENEZ.


La Secretaria Judicial
Abg. JENNYS MATA HIDALGO