Tribunal Penal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Estado Sucre Extensión-Carúpano
Carúpano, 10 de Agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2011-000001
ASUNTO: RP11-D-2011-000001


Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 27 de julio de 2011, mediante la cual se sancionó al adolescente: LUIS ENRIQUE CÓRDOVA CORREA, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.924.693, nacido en fecha: 29-04-1993, hijo de: Luis Enrique Cordova y Marina Correa, profesión u oficio Estudiante, teléfono: 0294-879.0323, Domiciliado en la Calle Gran Mariscal, Casa S/n, cerca de la Mueblería San Jorge, Canchunchú viejo de esta Ciudad de Carúpano Estado Sucre, al cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, contemplada en el artículo 620, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 623, ejusdem, por la comisión del delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, contemplado en el artículo 218 del Código Penal vigente, en perjuicio del Estado Venezolano, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución, de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647, ibídem en los términos siguientes: Para el cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, el adolescente deberá ser severamente recriminado, de manera verbal y directamente el día de la Audiencia de Imposición, que tendrá lugar el 23 de septiembre de 2011, a las 02:30 de la tarde, en la sede de este Circuito y Extensión Judicial, de manera que comprenda la ilicitud, de los hechos cometidos; en consecuencia, notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado al Director del Centro Socio Educativo “ Dr. Agustín Ortiz Rodríguez” para que el sancionado comparezcan el día y hora señalado. Líbrese boletas de notificaciones y traslado. “Cúmplase”.-
El Juez de Ejecución

Abg. LUÍS ALFREDO PRIETO JIMENEZ
La Secretaria Judicial

Abg. JENNYS MATA HIDALGO