REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEXTO DE CONTROL - CUMANÁ
CUMANÁ, 1 DE AGOSTO DE 2011
201º Y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-003765
ASUNTO : RP01-P-2010-003765

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

En virtud de instrucciones emanadas de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre contenidas en Acta de fecha 03 de Diciembre de 2009 e identificada con el No. 117-2009, donde fui designado como Juez Temporal por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según comunicación No. CJ-08-1824 de fecha 04-08-2008, y posteriormente convocado con ocasión del contenido de comunicación N° 011-359 de fecha 28 de Marzo del año 2011, emanada de la Rectoría del Estado Sucre, suscrito por la abogada ANA DUBRASKA GARCÍA, donde participan que a partir del día Lunes 02 de Mayo del año 2011, se encargará el abogado JESÚS MILANO SAVOCA como Juez Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, quien aquí suscribe SE AVOCA al conocimiento de la presente causa; Ahora bien, visto el escrito interpuesto por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida a los ciudadanos MÁXIMA ALCALA FARFAN, de 39 años de edad, cédula de identidad Nº 10..806.758, natural de Cariaco; nacido en fecha 28-03-1972; soltero; ocupación Estudiante; residenciado en la calle juncal, Cruce con la Junín, casa S/N Cumaná, Estado Sucre, JOSÉ DEL VALLE SOSA ZAPATA , de 28 años de edad, cédula de identidad Nº 16.627.815, natural de Cariaco; nacido en fecha 03-09-1982; soltero; ocupación STO/2 Guardia nacional; residenciado en la calle juncal Cruce con la Junín, casa S/N Cumaná, Estado Sucre y SAMUEL ISRAEL BRITO FARFAN, de 18 años de edad, cédula de identidad Nº 23.924.747, natural de Cumaná; nacido en fecha 03-12-1992; soltero; Estudiante; Natural de Cariaco residenciado en la calle etasnislao Rendón casa S/N, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN RIÑA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 416 en concordancia con el artículo 425 y 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, ello en virtud de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que permitan el enjuiciamiento del imputado.-

Este tribunal, pasa a decidir prescindiendo de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por estimar que la misma resultaría infructuosa teniendo en cuenta la poca importancia del hecho, en los términos siguientes: De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma fue aperturada en fecha 14 de Octubre del año 2010, tal como se evidencia de actuaciones emanadas del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre; igualmente consta que se realizaron las diligencias necesarias, mas sin embargo, quien aquí suscribe, comparte el criterio del despacho fiscal de que a la presente fecha, es imposible que puedan incorporarse a la investigación elementos que permitan el enjuiciamiento del imputado, configurándose en consecuencia, la causal del ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se estima procedente decretar el sobreseimiento solicitado y así se decide.-

DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida a los ciudadanos MÁXIMA ALCALA FARFAN, de 39 años de edad, cédula de identidad Nº 10..806.758, natural de Cariaco; nacido en fecha 28-03-1972; soltero; ocupación Estudiante; residenciado en la calle juncal, Cruce con la Junín, casa S/N Cumaná, Estado Sucre, JOSÉ DEL VALLE SOSA ZAPATA , de 28 años de edad, cédula de identidad Nº 16.627.815, natural de Cariaco; nacido en fecha 03-09-1982; soltero; ocupación STO/2 Guardia nacional; residenciado en la calle juncal Cruce con la Junín, casa S/N Cumaná, Estado Sucre y SAMUEL ISRAEL BRITO FARFAN, de 18 años de edad, cédula de identidad Nº 23.924.747, natural de Cumaná; nacido en fecha 03-12-1992; soltero; Estudiante; Natural de Cariaco residenciado en la calle etasnislao Rendón casa S/N, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN RIÑA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 416 en concordancia con el artículo 425 y 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a los imputados, a la defensa y al Fiscal de la presente decisión conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Cumaná al 01 día del mes de Agosto del año 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Cúmplase.-.
EL JUEZ SEXTO DE CONTROL,
ABG. JESÚS MILANO SAVOCA.-.
EL SECRETARIO,
ABG. YGNACIO LOPEZ ARIAS.-.