REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 25 de abril de 2011 200º y 152º
ASUNTO Nº: JMS1-3741-11
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, y por cuanto se evidencia que cursa por ante este mismo Tribunal asuntos JMS1-3741-11 y JMS 3528-10, toda vez que se trata de las mismas partes, y verificada como ha sido tal información ciertamente el ciudadano LOPEZ MILLAN CARLOS JULIO, plenamente identificado en autos, tramita por ante este Despacho Judicial Demanda por Divorcio Contencioso Causales 2º y 3º contra la ciudadana GODOY GRETTEL SAFY, plenamente identificada en autos y Régimen de Convivencia Familiar a favor de su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con motivo de la situación que tiene su hijo, y en dichos procesos han puesto de manifiesto la existencia del prenombrado hijo, a la par la existencia actual y paralela a la presente asunto, en observancia al fuero atrayente que tienen los procesos y con fundamento en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, se desprende que existe conexión entre ellas, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 79 ejusdem, este Tribunal en Decisión de la Jueza Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda LA ACUMULACIÓN POR CONEXIÓN de las asuntos antes señaladas, en consecuencia agréguese en el asunto signado con el Nº 3528-10 de la nomenclatura interna de este Tribunal, todas las actuaciones al asunto Nº 3741-11, debiéndose tramitarse en lo adelante todo en el mencionado asunto en el cuaderno de medidas. De igual manera se ordena la continuación de la foliatura. En relación a las diligencias de fecha treinta (30) de marzo y dieciocho (18) de abril del 2011, el Tribunal se pronunciará por auto separado. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protecci6n de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripci6n Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en la ciudad de Cumaná a los veinticinco (25) días del mes de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA SECRETARIA
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
Sentencia: Interlocutoria
MEGL.-/ HRR.-/mjc
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