REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal  Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre 
 
Cumaná, seis de abril de dos mil once
 
200º y 152º
 
 
ASUNTO : RP31-L-2009-000361
 
 
 
 
 
SENTENCIA
 
 
Vista la diligencia suscrita en fecha 30/03/2011, por la ciudadana EMERYS GERALDINO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.278.567,  debidamente asistida  por JORGE GHAZAL EL BAR ISSSA, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 119.259, solicitando que en vista que  se cumplió totalmente la sentencia de autos se homologue la transacción y se declare terminado el presente expediente , en consecuencia este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución  del estado Sucre, visto que no existe un acuerdo como tal en las actas procesales y desprendiéndose de las mismas que el monto condenado es el monto consignado por la parte demandada es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara debidamente cumplida la sentencia de autos  por lo que se ordena archivar le presente expediente. Y ASI QUE DA ESTABLECIDO Líbrese oficio a la Coordinación judicial. A los fines consiguiente Cúmplase.
 
La Juez, 
 
 
 
Abg. Albelu Nazaret Villarroel                                                       
 
 
 
la secretaria, 
 
 
Abg. Lisbeth Machado 
 
 
 
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