REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, seis de abril de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO : RP31-L-2009-000361




SENTENCIA

Vista la diligencia suscrita en fecha 30/03/2011, por la ciudadana EMERYS GERALDINO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.278.567, debidamente asistida por JORGE GHAZAL EL BAR ISSSA, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 119.259, solicitando que en vista que se cumplió totalmente la sentencia de autos se homologue la transacción y se declare terminado el presente expediente , en consecuencia este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Sucre, visto que no existe un acuerdo como tal en las actas procesales y desprendiéndose de las mismas que el monto condenado es el monto consignado por la parte demandada es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara debidamente cumplida la sentencia de autos por lo que se ordena archivar le presente expediente. Y ASI QUE DA ESTABLECIDO Líbrese oficio a la Coordinación judicial. A los fines consiguiente Cúmplase.
La Juez,


Abg. Albelu Nazaret Villarroel


la secretaria,

Abg. Lisbeth Machado