JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 25 de Abril de 2.011
201° y 152°
Solicitud N° 4284

SOLICITANTE: NORMA AVILIA GOMEZ TAVERA, titular de
la Cédula de Identidad N° 3.658.645, en su
carácter de Directora Administrativa del
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION.

APODERADO No otorgó Poder.


DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA).

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NORMA GOMEZ TAVERA, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.658.645, en su carácter de Directora Administrativa del Instituto Nacional de Nutrición, designada por disposición del ciudadano Presidente de la República, mediante Decreto N° 327, de fecha 27 de Septiembre de 1.999, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.804, de fecha 08 de Octubre de 1.999, donde solicita de este Juzgado se le conceda TITULO SUPLETORIO de Propiedad sobre unas Bienhechurías constituidas por: Un Comedor Popular denominado Victoria Ferrer, el cual fue construido en el año 1.985, con algunas refacciones en el año 1.992, dicha construcción tiene una superficie de Quinientos Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Ochenta Centímetros (541,80 Mts²), constante de: Un salón comedor con dos (02) baños, depósito y un fregador anexo, un área de servicio, un área de servicio con un fregadero y las malmitas, un área de manipulación de alimentos, una despensa, dos (02) cavas cuartos (una de congelación y otra de mantenimiento), dos (02) baños para el personal, una oficina con baño, un área de estacionamiento para tres (03) vehículos, un depósito, un área para los motores de las cavas, un para la bombona de gas, un deposito donde está ubicada la caldera y un área que corresponde al tanque de gasoil. Además todas las paredes son de bloque con friso liso, el piso es de granito, el techo es de asbesto con techo raso en el área del salón comedor y oficina; dichas Bienhechurías están fomentadas en un Lote de Terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle el Perú con Calle Cantaura de la ciudad de Carúpano, Parroquia Santa Rosa, Jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con una extensión de terreno de Seiscientos Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados con Ocho Centímetros (664,08 Mts²), y cuyos linderos y Medidas son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de la Sucesión Martínez, con una medida de 30,21+0,83 mts, en línea quebrada; SUR: Con Calle El Perú, con una medida de 30,93 mts.; ESTE: Con Terminal de Pasajeros, con una medida de 1,28+18,67 mts, en línea quebrada y OESTE: Con Calle Cantaura, con una medida de 23,38 mts.; y por cuanto las declaraciones rendidas de las ciudadanas: CLARISA DEL CARMEN TINEO DE RODRIGUEZ y MARIA MARGARITA GUERRA, venezolanas, mayores de edad, ambas de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.298.729 y 3.422.512, respectivamente, se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD suficiente a favor del INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION, sobre el Inmueble antes descrito de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvos los derechos de Terceros. Devuélvase todo original con sus resultas a la parte interesada. Y así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
Constante en Veintiséis (26) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Sol. Nº 4284