JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 07 de abril de 2.011
200º y 152º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CELIO JOSÉ LOZADA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° 11.437.590 y domiciliado en la calle principal de la Rinconada de Cariaquito , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistido por el ciudadano CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.874 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo CLASE: RUSTICO, TIPO: TECHO LONA, MARCA: TOYOTA, AÑO: 1981, MODELO: LAND CRUISER, COLOR: VERDE, PLACA: 034FAV, SERIAL DEL MOTOR: 2F796162, SERIAL DE LA CARROCERIA: FJ40919134 Y USO: CARGA. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: PEDRO JOSE MARCANO GONZALEZ y PEDRO JOSE ROJAS SUNIAGA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.5.865.106 y 10.224.152 respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano CELIO JOSE LOZADA LOPEZ, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los siete días del mes de abril de dos mil once. Años: 200° de la Independencia y 152° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas.
Solic.018-2011
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