REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 29 de Abril de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2011-000040
ASUNTO : RP01-D-2011-000040
DECISION: ACUMULACION ASUNTO Nº RP01-D-2011-000086
AL ASUNTO Nº RP01-D-2011-000040
Visto la solicitud de esta misma fecha mediante acta, realizada por la Abg. Rosmery Rengifo, en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público, mediante la cual solicita la acumulación de las causas RP01-D-2011-000040, seguida a XXXXXXX y RP01-D-2011-000086 seguida a XXXXX Y XXXXXXX, fundamentando su solicitad en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales cursan por ante este Tribunal , este Juzgado de juicio antes de decidir realiza las siguientes consideraciones:
De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, este Tribunal Observa:
A.- En fecha 22 de marzo del año 2011, se recibió asunto signado con el numero RP01-D-2011-000040, por ante este Tribunal de Juicio, Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, el cual se le dio entrada en la misma fecha, seguido al ciudadano XXXXXX, a quien se le sigue causa por su presunta participación en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO); habiéndose realizado sorteo de escabinos en fecha 25 de marzo y está, en espera de Constitución del Tribunal que ha de conocer el asunto.
B.- En fecha 28 de abril de 2011, se recibió el asunto signado con el RP01-D-2011-000086 , por ante este Tribunal de Juicio, Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, seguido a los ciudadanos XXXXXXX Y XXXXXX, a quien se le sigue causa por su presunta participación en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO), XXXXX Y XXXXXXXX; el cual se encuentra en esta Fase, se le dio entrada y se fijó sorteo para el día 02-05-2011.-
C.- Que en virtud que todos los acusados XXXXXXX, XXXXXXX Y XXXXXXX, son coimputados dado que los tres se encuentran acusados por los mismos hechos, es decir por los delitos de de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO) y se le siguen dos causa por ante este Juzgado, y de acuerdo al artículo 70 numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por autorización expresa del artículo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, son delitos conexos, por ser un mismo delito imputados a varias personas; debiendo en consecuencia cumplirse la unidad del proceso preceptuada en el artículo 73 Ejúsdem, según el cual por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos; siendo pertinente y ajustado a Derecho de acuerdo al la precitada norma, Acumular el Asunto N° RP01-D-2011-000086 al asunto Nº RP01-D-2011-000040 manteniendo este último como Asunto Principal, seguidos a Los ciudadanos XXXXXXX, XXXXXXX Y XXXXXXXX, son coimputados dado que los tres se encuentran acusados por los mismos hechos, es decir por los delitos de de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO).
D.- Toda vez que se trata de la comisión de un mismo delito por tres personas a saber XXXXXXX, XXXXXXX Y XXXXXXX, coimputados dado que los tres se encuentran acusados por los mismos hechos, es decir por los delitos de de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO, es procedente la acumulación de las causa y continuar con la misma.
F.- Dado que en fecha 25 de marzo se realizó sorteo de escabinos en la causa Nº RP01-D-2011-000040 y aun no se ha logrado la Constitución del tribunal, la cual se encuentra pautada para el día 16-05-11 a las 8:30 am y en el asunto Nº RP01-D-2011-000086, se fijó sorteo para el lunes 02-05-2011, este Tribunal a los fines de lograr una tutela judicial efectiva y no retrasar el proceso, considera pertinente continuar con el mismo y mantener la fecha de la Constitución del Tribunal Mixto en la presente causa. a
G.-En cuanto a la Defensa, de la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia que la Defensa, en el asunto Nº RP01-D-2011-000040 es la Dra. Alina García y en el asunto N° RP01-D-2011-000086, el Dr. Eloy Rengel , se mantiene a los mismos como defensores de los acusados de auto.
Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; ACUERDA: PRIMERO: ACUMULAR el Asunto N° RP01-D-2011-000086, al asunto Nº RP01-D-2011-000040 , manteniendo este último como Asunto Principal, seguidos a los XXXXXX, XXXXXXXXX Y XXXXXXXX, coimputados dado que los tres se encuentran acusados por los mismos hechos, es decir por los delitos de de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y ROBO AGRAVADO en perjuicio ADRRIAN JOSE RENGEL MERCHAN (OCCISO.
SEGUNDO: Se mantiene a la Dra. Alina García como defensora del acusado XXXXXXXX y al Dr. Eloy Rengel como defensor de los acusados XXXXXXXX Y XXXXXXX.
TERCERO: Se acuerda dejar sin efecto el acto de sorteo fijado para el 02-05-11, en la causa RP01-D-2011-000086 y mantener la fecha de la Constitución del tribunal fijada para el día 16 de mayo las 8:30 de la mañana, en el asunto Nº RP01-D-2011-000040 , el cual quedó como asunto principal..
CUARTO: Acumulación que se realiza de conformidad con los artículos 70 numeral 1 y 73 , del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por autorización expresa del artículo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.
Se ordena conformar una misma foliatura y proseguirse en orden correlativo, todo ello de acuerdo a lo pautado en el artículo 66 del COPP, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la LOPNNA. Librese boleta de Notificación a la Fiscal Sexta del Ministerio Público y a la defensa privada a los fines de informarle sobre la presente decisión, señalando en la boleta la parte dispositiva de la misma. Librese boleta de traslado a los acusados XXXXXXX Y XXXXXXXX para el día 16 de mayo las 8:30 de la mañana a los fines que asistan al acto de constitución de tribunal. Librese oficio a la oficina de participación ciudadana a los fines de informarle que se dejó sin efecto la fecha del sorteo fijado en el asunto RP01-D-2011-000086 . Librese lo necesario. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCION SECCIÓN ADOLESCENTE
ABOG. YOMARI J. FIGUERAS MENDOZA
LA SECRETARIA
ABOG. DOANALMY ROMAN.
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