REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 11 DE ABRIL DE 2011
200º Y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-000769
ASUNTO : RP01-P-2010-000769

AUTO ACTUALIZANDO CÓMPUTO
PENADO: Leonel José Marcano Ramírez.-

Por recibido escrito presentado por el Defensor Privado Abg. Armando Acuña, por medio del cual solicita computo actualizado de la pena de su representado LEONEL JOSÉ MARCANO RAMÍREZ, a los fines de verificar cuando le corresponde el cumplimiento de pena; es por lo que este Tribunal para decidir observa:

De la revisión de la presente causa, se evidencia que el ciudadano LEONEL JOSÉ MARCANO RAMÍREZ, de 22 años de edad, cédula de identidad Nº V-20.345.720, natural de Cumaná, nacido en fecha 13-02-1987, hijo de Freddy Marcano y Josefa Elena Ramírez, soltero, peluquero, residenciado en Campeche, sector Las Colinas, casa Nº 04, cerca de la casa de alimentaría, Cumaná, Estado Sucre, fue condenado en fecha 14 de Junio del año 2010, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en su tercer aparte, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, proceso en el que según contenido del folio Dos (02) de los autos, resultó detenido desde el día 27 de Febrero del año 2010, condición de privación de libertad que lo mantiene recluido en la Comandancia de la Policía del Estado Sucre, Cumaná, cumpliendo la pena que le fuera impuesta.-

Ahora bien, es pertinente hacer a la fecha nuevo cómputo de pena al reo de autos, con inclusión de las redenciones acordadas al mismo, y al efecto se precisa que: siendo que él penado LEONEL JOSÉ MARCANO RAMÍREZ, quien fuera condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, es por lo que tiene al día de hoy:
PENA FISICA CUMPLIDA:
Pena Física Cumplida al 11/04/2011: UN (01) AÑO, UN (01) MES Y CATORCE (14) DÍAS.
Pena Por Cumplir: DIEZ (10) MESES Y DIECISÉIS (16) DÍAS.-
Fecha que Finaliza la Pena: el Día 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2012.-

DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Cómputo Actualizado de Pena al ciudadano LEONEL JOSÉ MARCANO RAMÍREZ, de 22 años de edad, cédula de identidad Nº V-20.345.720, natural de Cumaná, nacido en fecha 13-02-1987, hijo de Freddy Marcano y Josefa Elena Ramírez, soltero, peluquero, residenciado en Campeche, sector Las Colinas, casa Nº 04, cerca de la casa de alimentaría, Cumaná, Estado Sucre, actualmente recluido en la Comandancia de Policía del Estado Sucre, Cumaná, cumpliendo la pena que le fuera impuesta, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy 11 de Abril del año 2011: PENA EFECTIVA CUMPLIDA: UN (01) AÑO, UN (01) MES Y CATORCE (14) DÍAS. Pena Por Cumplir: DIEZ (10) MESES Y DIECISÉIS (16) DÍAS. Fecha que Finaliza la Pena: el Día 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2012.- En consecuencia notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Líbrese Boleta Informativa al Penado, adjunto con Oficio dirigido al Comandante de la Policía de esta ciudad, remitiéndosele igualmente copia certificada de la presente decisión. Líbrense las Boletas de notificaciones, informativa y oficios respectivos. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN MARCANO DE R.-.