REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 8 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2001-000053
ASUNTO : RL01-P-2001-000053


AUTO QUE ORDENA RATIFICAR ORDEN DE CAPTURA
PENADO: ANTON HERRERA WILLIAMS DAVID.

Revisadas las presentes actuaciones cursa Oficio 0022-07 emanado del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. JOSE AGUSTIN MENDEZ UROSA” mediante el cual remiten informe donde se señala que el Penado ANTON HERRERA WILLIAMS DAVID, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.763.788, ingreso el 28/03/2005 para continuar con la formula alternativa de cumplimiento de pena como es el “Régimen Abierto” no presentándose a pernotar en ese sitio de reclusión desde el 15/12/06 desconociéndose el motivo de su inasistencia lo que puede ser considerado como una EVASIÓN que genera el incumplimiento de las obligaciones que le fueron impuesta desconociéndose hasta la presente fecha su paradero; sobre la base de lo antes expuesto observa quien aquí expone que el 24 de Septiembre del año 2004, se considero que al reunir todos los requisitos exigidos por la Ley, para ser acreedor de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena como es “Destino a Establecimiento Abierto” la cual se le fue otorgada en esa fecha.
Ahora bien, en fecha 31 de Enero de 2007 fue emitida ORDEN DE CAPTURA en contra del referido penado, mediante decisión de este Juzgado, sin que hasta la presente fecha se haya realizado su captura por los órganos de seguridad del Estado, en consecuencia SE RATIFICA LA ORDEN DE CAPTURA en contra del referido acusado y SE ORDEN Oficiar al Comandante General de Policía, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Destacamento 78 de la Guardia Nacional a fin de que se haga efectiva esta orden. ASI SE DECIDE.
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO RATIFICA LA ORDEN DE CAPTURA al penado ANTON HERRERA WILLIAMS DAVID, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.763.788, en consecuencia SE ACUERDA Oficiar al Comandante General de Policía, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Destacamento 78 de la Guardia Nacional, para que una vez practicada su aprehensión sea informado este Despacho e ingresado dicho penado al Internado Judicial del Estado Sucre.- Notifíquese la presente decisión a las partes. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.