REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 1 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004963
ASUNTO : RJ01-P-2011-000031

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA.
PENADOS: YERRI RAFAEL VASQUEZ PATIÑO Y RODULFO LUIS LOZADA LOZADA.

Definitivamente Firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumana, en fecha 9 de marzo de 2011, mediante la cual DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor de los ciudadanos YERRI RAFAEL VASQUEZ PATIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 16.930.609, de 32 años de edad, venezolano, soltero, pescador y residenciado en la calle francisco marcano, casa sin número, chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre y RODULFO LUIS LOZADA LOZADA, titular de la cédula de identidad Nº 15.345.587; de 28 años de edad, venezolano, soltero, pescador, nacido en fecha y residenciado en la calle francisco marcano, casa sin número, chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; previa solicitud fiscal y a quienes se les iniciara la presente causa por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa para los ciudadanos YERRI RAFAEL VASQUEZ PATIÑO y RODULFO LUIS LOZADA LOZADA, ordenando remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.