REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 29 de Abril de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004392
ASUNTO : RP01-P-2010-00439
Visto el oficio N° 151/2011, procedente de la Oficina de Participación Ciudadana de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual remite Comunicación suscrita por el ciudadano ROSELIA RODRIGUEZ SERRANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.270.090 de fecha 15-04-2011, mediante el cual informa que no puede ejerce la función como Escabino, en virtud que actualmente conforma el Tribunal Mixto en la causa RP01-P-2010-3685 en este mismo juzgado de juicio.
Ahora bien, se observa del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal señala lo siguiente “Causales de excusa, Podrán excusarse para actuar como escabino: 1.- “Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación”
Es evidente que la ciudadana ROSELIA RODRIGUEZ SERRANO, escogida como candidata de escabino, a los fines de constituir el Tribunal Mixto en el juzgamiento de los acusados: JOSE ANGEL GASCON RIVAS y NELSON LUIS RIVAS SERRANO no puede desempeñar tal labor, toda vez que la misma constituye el Tribunal Mixto en la causa RP01-P-2010-3685 y por tal motivo, no puede cumplir con las funciones en las dos causas que cursan ante este juzgado.
Por lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley EXCUSA a la ciudadana ROSELIA RODRIGUEZ SERRANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.270.090, como candidata para constituir el Tribunal Mixto en la presente causa, de conformidad con lo pautado en el artículo 154 numeral 1 del Código Orgánico. En consecuencia ofíciese a la oficina de Participación Ciudadana. Cúmplase
JUEZ CUARTA DE JUICIO
MARTHA CESPEDES HERNANDEZ
SECRETARIO
BELTRAN ROMERO MARCANO
|