REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-


Carúpano, 28 de Septiembre de 2.010.-
200° y 151°


Por cuanto he sido designado Juez de Municipio por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-10-1725, de fecha 12 de Agosto de 2010, para ejercer dicho cargo en este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y constituido en este Tribunal.- Me aboco al conocimiento de la presente causa.- En consecuencia vista la anterior diligencia de fecha Veintiuno (21) de Septiembre de 2.010, suscrita por el Abogado en ejercicio EISTEN ALBERTO MANEIRO AGUILERA, inscrito en el Inpreabogado con el N° 61.297 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES ROJAS GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 13.076.647 y de este domicilio, el cual DESISTE formalmente del presente procedimiento en contra de la ciudadana YIDRIS MARIA FRANCIA ROJAS GARCIA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.439.329 y de este domicilio; por cuento la misma cancelo las cantidades de dinero demandadas.- En tal sentido este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente Homologación a dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SANCHEZ DUQUE.-

EL SECRETARIO,
Abg. OSMAN MONASTERIOS.-

EXP. N° 5.071.-
SSD/OM/tv.-