REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
IRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Río Caribe, 30 Septiembre del 2.010.-
200° y 151°
200º y 151º
Parte Actora: ALBYS JOSE CARABALLO CARREÑO
Parte Demandada: CARLOS ALBERTO BRAVO LONGART
Motivo: Intimación al pago
Tipo de Sentencia: interlocutoria
Exp. Nº.793-2010
Visto el contenido de la anterior diligencia, presentado por: ALBIS JOSE CARABALLO CARREÑO, ciudadana de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera y titular de la cédula de identidad N°.V.-18.591.337 asistida del Abogado: MIGUEL ANGEL CORDERO venezolano, inscrito en el Inpreabogado con el N° 44.428, procediendo en su condición de parte actora, mediante el cual, manifiestan que desiste de la presente acción y del proceso y solicitan se levante la medida de embargo preventivo sobre bienes propiedad del demandado, decretado por este Tribunal
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de Ley, para que prospere lo solicitado, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de desistimiento del proceso y de la acción, se levanta la medida de embargo preventivo sobre bienes propiedad del demandado, decretada por este Tribunal, le Imparte la homologación de Ley, declara terminado el proceso y ordena librar los correspondientes oficios.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los treinta (30) días del mes de Septiembre del año dos mil diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO

El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota: En la misma fecha de hoy: (30-09-10), a las 20:00 p.m., se cumplió lo anteriormente ordenado.-

… El ..

Secretario,
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN



Exp.N°. 793-2010.
/j.c.