REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 28 de Octubre de (2010)
200º y 151º
ASUNTO: Nº JMS1-0841-10
SOLICITANTES: CORREA JOSE VICENTE y CORREA JOSE MIGUEL
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos: CARLOS JULIO LOPEZ LÓPEZ Y ZULEIMA JOSEFINA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nº 3.337.688 y 8.649.150, respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara JUSTIFICATIVO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JANET DEL CARMEN CORDOVA DE CORREA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº 4.183.399 a favor de su cónyuge el ciudadano JOSE VICENTE CORREA y sus hijos el ciudadano JOSE MIGUEL CORREA CORDOVA y al menor Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. En consecuencia, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devolver los originales a la parte interesada; Publíquese en la página Web del tribunal, regístrese y agréguese.
LA JUEZA,
ABG/MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,
MEG/yulimar
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