REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ
Cumaná, 21 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTOS: JMS1-0903-10
PARTES: CRISTIAN JOSE GONZALEZ RAMOS Y MAURA DEL VALLE MARCANO BARRIOS
MOTIVO: Homologación interpuesta por la Defensa Educativa Sucre del Municipio Sucre Estado Sucre. Institución Familiar OBLIGACION DE MANUTENCION en beneficio del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) meses de edad.-
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 15 de octubre de 2010, solicitud de homologación presentado por la Defensa Educativa Sucre del Municipio Sucre Estado Sucre., contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos CRISTIAN JOSE GONZALEZ RAMOS Y MAURA DEL VALLE MARCANO BARRIOS , venezolanos, mayores de edad, con domicilio en calle Palmarito , casa Nº 34 Caiguire Abajo y Urbanización Virgen del Valle , Sector Cardonal , Via Pantanillo , Cumana Estado Sucre, Cumanà Estado Sucre, respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nº 17.446.412 y 18.582.135, respectivamente, en relación a la obligación de manutención , a favor del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) meses de edad, suscrito en fecha 06-07-2010, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El ciudadano: CRISTIAN JOSE GONZALEZ R, padre del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) meses de edad , se compromete a pasar por concepto de obligación de manutención , la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS 450,00) QUINCENALES, ADEMAS PASARA DIECIOCHO (18) TICKET DE LA CESTA ALIMENTARIA, CON UN VALOR CADA UNO DE DIECISIETE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS ( Bs 17,60) CABE DESTACAR QUE CUALQUIER AUMENTO QUE SE TENGA EN SUS EMOLUMENTOS DEBE INCREMENTAR LAS CANTIDADES AQUÍ ESTIPULADAS . En este acto la madre del niño ciudadana. MAURA DEL VALLE MARCANO BARRIOS , manifiesta estar de acuerdo con el convenimiento aquí celebrado ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
La presente decisión se publico dentro de fecha, siendo las 1:15pm.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los veintiún (21) días del Mes de octubre de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación..-
JUEZA
Abg, MARIA E. GRAZIANI
SECRETARIO(A)
MEG/yulay
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