REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 29 de Octubre 2010
200º y 151º
Exp. N° 16.604
DEMANDANTE: YOLANDA MARGARITA ALFONZO, Titular de
la Cédula de Identidad N° 4.952.321.
APODERADO (S): JAIME RODRIGUEZ ROJAS y LAURA
RANGEL MENDOZA, inscritos en el
Inpreabogado bajo el Nº 46.207 y 135.625.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal, casa N° 04, Sector El Caucho,
Urbanización El Muco, Jurisdicción de la Parroquia
Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.
DEMANDADO: GILBERTO ANTONIO MAICAN, titular de
la Cedula de Identidad N° 2.920.896.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal, casa s/n, El Lirio, Jurisdicción de la
Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.
Siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad legal fijada para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio en el presente juicio, se abrió el acto y por cuanto la demandante no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. Nº 16.604
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