REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 18 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1998-000015
ASUNTO : RL01-P-1998-000015

AUTO QUE ACUERDA RATIFICAR ORDEN DE CAPTURA
PENADO: RONNY RAFAEL GAMARDO

En virtud de instrucciones emanadas de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre contenidas en Acta de fecha 03 de Diciembre de 2009 e identificada con el No. 116-2009, donde fui designado como Juez Temporal por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según comunicación No. CJ-08-1824 de fecha 04-08-2008, y posteriormente convocado para cubrir la vacante de este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, a partir del día 04-12-2009, quien aquí suscribe SE ABOCA al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien, se evidencia de escrito que antecede que el ABG. MANUEL CANO, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencias, solicita de esta Juzgado copia certificada del auto que declara la extinción de pena en esta causa seguida al penado RONNY RAFAEL GAMARDO; igualmente observa quien aquí expone que fue emitida ORDEN DE CAPTURA en contra del referido penado RONNY RAFAEL GAMARDO, quien es Venezolano, natural de Cumanà, Estado Sucre, domiciliado en el Barrio Fe y Alegría, Sector II, Los Ranchos, Casa Nº 55, Cumana, nacido el 02-12-1979, 25 años de edad, hijo de Alberto Cardiet y Gladys Gamardo, soltero, alfabeta, obrero, cedulado Nº V- 16.995.267, mediante decisión de este Juzgado en fecha 21 de Enero de 2010, sin que hasta la presente fecha se haya realizado su captura por los órganos de seguridad del Estado, en consecuencia SE RATIFICA LA ORDEN DE CAPTURA en contra del referido acusado y SE ORDEN Oficiar al Comandante General de Policía al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Destacamento 78 de la Guardia Nacional a fin de que se haga efectiva esta orden. ASI SE DECIDE.
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO RATIFICA LA ORDEN DE CAPTURA al acusado RONNY RAFAEL GAMARDO, quien es Venezolano, natural de Cumanà, Estado Sucre, domiciliado en el Barrio Fe y Alegría, Sector II, Los Ranchos, Casa Nº 55, Cumana, nacido el 02-12-1979, 25 años de edad, hijo de Alberto Cardiet y Gladys Gamardo, soltero, alfabeta, obrero, cedulado Nº V- 16.995.267, en consecuencia SE ACUERDA Oficiar al Comandante General de Policía al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Destacamento 78 de la Guardia Nacional a fin de que se haga efectiva esta orden y una vez aprehendido el acusado de marras, deberá ser puesto a disposición de este Tribunal.
Igualmente líbrese Notificación a las partes. CUMPLASE.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.