REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE
PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ
Cumaná, 09 de Noviembre de (2.010)
200º y 151º



Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos, JHOAN ADAN HEREDIA HEREDIA Y JOSE ROSARIO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.761.323 y 10.951.838, respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara JUSTIFICATIVO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la cujus PRUDENCIA MARIA PADRÓN, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº 8.642.293, a favor de sus hijos, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. En consecuencia, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devolver los originales a la parte interesada. Publíquese, regístrese y agréguese.
EL JUEZ


ABG. JESUS SALVADOR SUCRE.
La Secretaria



La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 10:30 a.m.

La Secretaria

JSSR/yulimar.-
Asunto: TI1 (TP1-S-2021-10)
Solicitante: NELSON RAFAEL RAPOSO CHACON
Motivo: Únicos y Universales Herederos
Sentencia: Interlocutoria