REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ
Cumaná, 24 de noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: JE1-2032(TP1-0570)-10
DEMANDANTE. ARELYS LOPÈZ
MOTIVO. DISPOSICION DE BIENES
Visto el contenido de la diligencia de fecha 24-11-2010 estampada por la ciudadana ARELYS LOPÈZ, titular de la cedula de identidad Nº 5.697.448, donde solicita se le haga entrega de la cantidad de MIL SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES (BS 1.720,00) , los cuales necesita para cubrir gastos de ropa , calzado, durante la temporada navideña , asimismo solicita el cierre y archivo del expediente y se oficie a la entidad bancaria Bicentenario ordenándose el cierre de la libreta de ahorros y habiéndosele dado cuenta a la Juez de la misma, en consecuencia este Tribunal acuerda autorizar a la prenombrada ciudadana , para que retire el monto total que posee la cuenta de ahorros Nº 0007-0081-91-0010006677 y se ordena el cierre de la misma. Por todo lo antes expuesto y en virtud de que no hay mas actuaciones que realizar en la presente causa , este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, bajo decisión del Juez ordena el cierre de la causa y su remisión al archivo Judicial - Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Sede Cumaná. La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) Abogado Hayarit Rodríguez, Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año Dos Mil Diez (2010). 200° Años de la Independencia y 151° de la Federación.-



LA SECRETARIA