REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
ASUNTO Nro. JMS1-3298-10
DEMANDANTE: MICHEL JOSEPH SAOUDA KATAL
DEMANDADA: YULIANA TERESA MELAVE RODRIGUEZ
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
En fecha cinco (05) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, demanda por Cumplimiento de Régimen de Convivencia Familiar incoada por el ciudadano MICHEL JOSEPH SAOUDA KATAL, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.832.374, domiciliado en la Urbanización La Floresta, manzana Nro. 04, Quinta Mis Ángeles, detrás de Nueva Cumaná, Cumaná, Estado Sucre, contra la ciudadana YULIANA TERESA MALAVE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.13.631.341, domiciliada en la Urbanización La Llanada, Sector II, Vereda Nro. 29, Casa Nro. 12, Cumaná, Estado Sucre, a favor de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Dicha demanda fue admitida en fecha 08-10-2010, ordenándose la notificación de la parte demandada ciudadana DAISY JOSEFINA PEÑA VERDE, evidenciándose que previa certificación de Secretaría, quedaron notificadas las partes para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, tal como se observa de la respectiva consignación y certificación.
Ahora bien en fecha 23-11-2010, siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la NO COMPARECENCIA de las partes ciudadanos CARLOS EDUARDO LONGA BERROTERAN y DAISY JOSEFINA PEÑA VERDE, plenamente identificados en autos, ni por si ni por medio de apoderado judicial que los represente, tal como se evidencia del acta que riela al folio quince (15), declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se EXTINGUE el presente procedimiento
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.
La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná, a los veintitrés (23) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA
DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
LA SECRETARIA
La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 10:30a.m.
LA SECRETARIA
MEGL/mjgc
ASUNTO Nro. JMS1-3298-10
DEMANDANTE: MICHEL JOSEPH SAOUDA KATAL
DEMANDADA: YULIANA TERESA MELAVE RODRIGUEZ
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
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