REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN , EJECUCION Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
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ASUNTO: JMS1-S-1036-10
MOTIVO. UNICOS UNIVERSLAES HEREDEROS
SOLICITANTE. ARABIA JOSEFINAS BETANCOURT DE ANDRADE
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos MIRLAIS JOSEFINA MENDOZA DE FRANCO Y FRANCISCA YSABEL ANDRADE BETANCOURT , venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad 5.692.147 y 8.643.681 y , respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara JUSTIFICATIVO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS , del de cujus LUIS ERNESTO ANDRADE BETANCOURT, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº 10.461.798, a su hijo el adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de catorce (14) años de edad, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. En consecuencia, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devolver los originales a la parte interesada, constante de diez (10) folios útiles. Publíquese, regístrese y agréguese.
Dado, sellado y firmado en la sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná, en Cumaná a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010), 151° de la Independencia 200° de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. MARIA E. GRAZIANI R.
LA SECRETARIA,
Se devuelve constante de diez (10) Folios útiles.
LA SECRETARIA
MEG/yulay
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