REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
DEMANDANTE: JOSEFINA DEL VALLE BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.638.248, con domicilio en la Urb. Brasil Sur , Calle Los Apamates, Barrio La Esperanza Nº 85 , Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre.
APODERADA JUDICIAL: MARTHA HOYOS, I.P.S.A. Nros. 20.355
DEMANDADO: MIGUEL JOSE CEDEÑO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.635.305, con domicilio en la Urb. Brasil Sur II , Vereda Nº 6, Parroquia Altagracia del Municipio Sucre en esta ciudad de Cumana Estado Sucre.
MOTIVO: DIVORCIO
En fecha 30 de Junio de 2010, admite la presente demanda por DIVORCIO 2º Cusal, presentada por la ciudadana JOSEFINA DEL VALLE BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.638.248, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, ordenándose la Notificación del Fiscal Cuarto del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y la Citación de la parte demandada ciudadano MIGUEL JOSE CEDEÑO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.635.305, con domicilio en la Urb. Brasil Sur II , Vereda Nº 6, Parroquia Altagracia del Municipio Sucre en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, a fin de comparezca a Tribunal dentro de los Cuarenta y Cinco (45) días de Despacho Siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación y en esta misma fecha se libro la respectiva Boleta de citación.
En fecha Trece (13) de Julio de Dos Mil Diez (2010), diligenció el ciudadano JOSE RAFAEL GOMEZ RIVAS, en su carácter de Alguacil del Tribunal quien consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por el ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en esa misma fecha (13/07/2010).
En fecha Primero (01) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), diligenció el ciudadano JOSE RAFAEL GOMEZ RIVAS, en su carácter de Alguacil del Tribunal quien expone: Que se trasladó el día Treinta (30) de Septiembre de Dos Mil Diez (2010), a la Urb Brasil, Vereda 02, Sector 02 Casa Nº 06 de esta ciudad de Cumaná, a los fines de practicar la Citación del Ciudadano MIGUEL JOSE CEDEÑO, parte demandada en el presente juicio; consignando la referida citación por haber sido infructuosa la misma.
En fecha Primero (01) de Noviembre de 2010, se recibió y consigno diligencia suscrita por una parte, la ciudadana, JOSEFINA DEL VALLE BETANCOURT venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.638.248, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio y de este domicilio ciudadana MARTHA HOYOS, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 20.355 (Parte Demandante) y por otra parte el ciudadano, MIGUEL JOSE CEDEÑO Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.635.305, debidamente asistido por la Abogado en ejercicio y de este domicilio ciudadana NANCY BLANCO MATAMOROS, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 17.769, (Parte Demandada), mediante la cual conjuntamente solicitan EL DESISTIMIENTO tanto del procedimiento como de la acción, así como también la devolución de los recaudos insertos en el expediente, previo desglose del mismo, para su fotocopiado y certificación de los mismos.
En base a los razonamiento anteriormente explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO Celebrado entre las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y se ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, asimismo se ordena expedir la devolución de los recaudos insertos en el expediente, previa certificación en autos.
En consecuencia se declara terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese y Regístrese y déjese copia certificada
Dada, firmada y sellada en el salón de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná a los Dos (02) días del Mes de Noviembre de Dos Mil Diez (2010).
EL JUEZ TEMPORAL.,
Abog. EDGAR VALLEJO JIMENEZ.
LA SECRETARIA TEMP.,
Abog. BOMNY M. MUÑOZ DE ACUÑA
Homologación. DESISTIMIENTO
Mat:: Civil Familia
Exp.N° 7082-10
EJVJ/js
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