En el día de hoy, diecisiete (17) de Noviembre de dos mil diez (2010); siendo las diez de la mañana (10:00 AM), se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra. Yrma Figuera de Rivera, en su condición de Jueza Titular Ejecutora de medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre Y la abg. Keina Marcano, Secretaria Temporal del mismo; en compañía de la ciudadana Hilibeth Constanza Bravo Hernández, parte actora en este acto, asistida por el Abg. José Gregorio León Bejarano, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; del Auxiliar de Justicia Víctor Julio Jiménez Gonzàlez, titular de la cédula de identidad Nª 4.300.726 y de la comisión de la Policía Estadal del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, conformado por los funcionarios: Distinguido David Jiménez y el agente Yoervis Caraballo, titulares de las cèdulas de identidades Nros 18.916.471 y 24.997.837 respectivamente.- Constituyendose, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m), en la siguiente dirección: Mercado Municipal puesto 38 frente al puesto de pescado, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a los fines de la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo, decretado por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, sobre bienes propiedad del demandado.- Acto seguido y constituido como se encuentra el tribunal en el sitio antes señalado, notifica de su misión al ciudadano Juan Carlos Rivera Marazo, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nª 84.400.044 quièn manifestó ser el demandado en el presente procedimiento y a la cual el tribunal le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con un abogado de su confianza a fin de garantizarle al mismo el derecho a la defensa y al debido proceso consagrado en los artìculos 26 y 49 en concordancia con el 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Siendo las dos y cinco minutos de la tarde (02:05 p.m), se hizo presente en el acto la abogada en ejercicio Rosa Virginia Lasaracina, inscrita en el inpreabogado bajo el Nª 69.363, quien manifesto que su presencia en el acto es con la finalidad de asistir a la parte demandada el ciudadano Juan Carlos Rivera. En este estado solicita el derecho de palabra el demandado el ciudadano antes identificado y expone: a los efectos de suspender la presente medida Ejecutiva mi asistido ofrece cancelar en este acto la cantidad de dos mil docientos cincuenta (Bs.2.250,oo), en dinero efectivo a la ciudadana Hilibeth Bravo, quien es la parte demandante de este acto y la cantidad Restante cuatro mil novecientos cincuenta Bolívares (Bs.4.950) seràn cancelados en dos partes o cuotas de dos mil cuatrocientos setenta y cinco Bolívares (Bs.2.475) los quince y treinta (15-30) del mes de Diciembre del presente año.- Seguidamente la parte actora Ya identificada expone: acepto formalmente la condición de pago expuesto por el demandado y asi mismo en caso del incumplimiento en las obligaciones de pagos aquí expresada y en las fechas convenidas serán motivos a la prosecución de la causa entendiendose también la cancelaciòn total de la misma.- Es todo- El Tribunal visto lo expuesto por las partes interviniente así como lo de la parte actora suspende la practica de la medida de Embargo. Acto seguido la secretaria temporal da Lectura a la presente acta y el tribunal hace constar que no hubo objeciones y observaciones a la misma y cumplido como ha sido su misión acuerda su regreso a su sede natural. Siendo las dos y quince minutos de la tarde (02:15 pm) Se leyò. Conformes firman.- La Jueza titular (fdo) Ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera. Auxiliar de Justicia (fdo) Ilegible Victor J. Jiménez G. Parte demandante (fdo) Ilegible.Hilibeth Bravo. Parte demandado Abg. Asistente (fdo) Ilegible. Abg. Rosa V. Lasaracina.Abg. Asistente fiscal 4to. Del Ministerio Pùblico (fdo) Ilegible Dr. Josè G. Leòn Bejarano Parte demandado (fdo) Ilegible Juan C. Rivera. La comisiòn de la Policia Estadal del Municipio Bermúdez (fdo) Ilegible. Ddo. David Jiménez. El Agente (fdo) Ilegible Yoervis Caraballo. La Secretaria temp. (fdo) ilegible Abg. Keina M. Marcano P.-
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