REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA

Güiria, 09 de Noviembre de 2010

200° y 151°

Parte Demandante: SINENCIA ARSENIA MATA DE COFFI, Titular de la Cédula de Identidad N° V-1.499.264.

Domicilio Procesal: Calle Principal, casa N° 41, Sector La Frontera, Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre.

Apoderado Judicial: No Constituyó.

Parte Demandada: NELLYS MARÍA PROSPERT.

Domicilio Procesal: Calle Bolívar, casa s/n., Peluquería Nellys, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre.

Apoderado Judicial: ABG. CARLOS MARCANO BOLAÑO, Inpreabogado N° 35.904.

Motivo: Ejecución de Hipoteca. (Archivo Definitivo).

Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 05-12-2008, y confirmada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 22 de Abril de 2010; mediante la cual declaró CON LUGAR la acción que por Ejecución de Hipoteca intentó la ciudadana SINENCIA ARSENIA MATA DE COFFI, en contra de la ciudadana NELLYS MARÍA PROPSPERT, y por cuanto la misma se encuentra definitivamente firme y ejecutoriada por haber pagado la demandada en su totalidad la suma de dinero a lo que fue condenada, es por lo que este Tribunal del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado. Conste.
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/Alexander Martinovich Álvarez.-Asistente.
Exp: 013-08.