REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 8 DE NOVIEMBRE DE 2010
200º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-006770
ASUNTO : RP01-P-2005-006770


AUTO ACTUALIZANDO CÓMPUTO
PENADO: Deyvy José López López.-.

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado DEYVY JOSÉ LÓPEZ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad numero 16.484.457, condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, razón por la cual se ordenó su reclusión en el Internado Judicial de Cumaná; y analizado el contenido del oficio que antecede, signado con el N° DP7-298-2010, por medio del cual la Defensora Pública Séptima Penal, solicita la realización de un computo actualizado de la pena de su representado; este Tribunal observa que el penado de autos, fue condenado por Sentencia Definitivamente firme dictada por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06 de Junio del año 2006; siendo ejecutada dicha sentencia en fecha 10 de Julio del año 2006.-

Por lo que este Tribunal precede a actualizar cómputo de pena en los siguientes términos: El penado de autos se encuentra detenido desde el día 21 de Agosto del año 2005, hasta el día de hoy 08 de Noviembre del año 2010, por lo que tiene cumplida una pena de CINCO (05) AÑOS, DOS (02) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS. Mas una Redención de fecha 23 de Septiembre del año 2009, por un lapso de Nueve (09) Meses, Veintiocho (28) Días con Doce (12) Horas, por lo que tiene cumplida una pena definitiva de SEIS (06) AÑOS, QUINCE (15) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir en consecuencia de la pena impuesta TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES, CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, los cuales se cumplirán aproximadamente en fecha 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014, A LAS 12:00 HORAS.-

DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: actualizar el cómputo de pena al penado DEYVY JOSÉ LÓPEZ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad numero 16.484.457, considerando que en la actualidad tiene cumplida una pena de SEIS (06) AÑOS, QUINCE (15) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir en consecuencia de la pena impuesta TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES, CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, los cuales se cumplirán aproximadamente en fecha 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014, A LAS 12:00 HORAS. Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta Informativa al penado, adjunto con Oficio dirigido al Director del Internado Judicial de esta ciudad. Líbrese lo conducente.- Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS HURTADO.-.