REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 19 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004995
ASUNTO : RK01-X-2010-000023
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA.
PENADO: VICTOR RAFAEL HURTADO.
Definitivamente Firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumana, en fecha 28 de Agosto de 2010, mediante la cual DECLARA NO CULPABLE al ciudadano VICTOR RAFAEL HURTADO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad 15.360.976, de 30 años de edad, nacido el 02-12-1979, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Juan Pablo Guerra y Carmen Hurtado, residenciado en la Urb. Cumanagoto, calle principal, casa S/N, cerca del aeropuerto viejo, cumaná, Estado Sucre; por el delito de FALSA ATESTACION, previsto en el artículo 320 del Código Penal. Por no haber surgido suficientes medios de prueba en su contra. En tal sentido este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa para el ciudadano VICTOR RAFAEL HURTADO, ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.