REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 2 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002279
ASUNTO : RP01-P-2008-002279
Visto que el acusado MAIKOL JOSÉ CAMPOS RAMÍREZ, se encuentra evadido de la Comandancia de Policía del Estado Sucre, en donde permanecía detenido por la comisión presunta de los delitos de Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma de Fuego, lo que se desprende del oficio e informe remitido a este Despacho por la Dirección de dicha Policía estatal. Este Tribunal considerando que se materializó la Fuga, lo que obstaculizará el desempeño del proceso. Este Tribunal Segundo de Juicio, en virtud de haber surgido la Fuga y el peligro de Obstaculización, entre los presupuestos para que proceda la privación de Libertad y visto que ya se han cristalizado los dos anteriores presupuestos como son; la comisión de un hecho punible y los fundados elementos de convicción, en consecuencia ordena la captura y posterior privación de libertad del ciudadano MAIKOL JOSÉ CAMPOS RAMÍREZ, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 13-09-1988, de 22 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 19.762.608, hijo de Carmen Ramírez de Mata y Marcos José Campos Núñez y reside en Cantarrana Sector Viña Martha, segunda Calle Primera casa de la esquina s/n Cumaná, Estado Sucre, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma de Fuego. Una vez capturado será recluido en la Comandancia de la Policía del estado Sucre donde quedará a la Orden de este Tribunal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 Ord. 1,2 y 3 y 251 Ord. 4 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los correspondientes oficios a los Cuerpos de Seguridad. Notifíquese a la Fiscalía y a la defensa del acusado. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ
EL SECRETARIO,
ABG. YGNACIO LÓPEZ
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