REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 5 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-004527
ASUNTO : RP01-P-2009-004527
Visto el escrito presentado por la ABG. Mariuska Gabaldon. en su carácter de Fiscal Séptima del ministerio publico, en donde informa a este tribunal que se decreto el archivo fiscal en la presente causa seguida contra los ciudadanos FERNANDO RAFAEL CARVAL MONTERO, Venezolano; de 20 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-18.307.788; nacido en Valencia, Estado Carabobo, en fecha 20-07-88, soltero, de profesión u oficio comerciante; hijo de Janeth Montero y Fernando Carval; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, por la entrada de Infocentro, detrás del Stadium, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; DAVID JOSÉ DÍAZ MARCANO, Venezolano; de 19 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-22.628.351; nacido en Cumaná, en fecha 19-10-89, soltero, de profesión u oficio obrero; hijo de Richard Soto y Yuly Díaz Marcano; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, cerca de la casa comunal, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; y CARLOS JOSÉ MUÑOZ RIVERO, Venezolano; de 29 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-14.494.989; nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha 30-07-80, soltero, de profesión u oficio herrero; hijo de Carmen Josefina Rivero y Carlos Muñoz; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, cerca del Infocentro, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 concatenado con el artículo 80 segundo aparte del CÓDIGO PENAL VIGENTE, en perjuicio de persona por identificar, es por le que se puede observar que este tribunal efectivamente les acordó en fecha: 09-10-09 Medida Cautelar Sustitutiva consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, por un lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al referido imputado por la presunta comisión del delito de: ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 concatenado con el artículo 80 segundo aparte del CÓDIGO PENAL VIGENTE, en perjuicio de persona por identificar evidenciándose que ha transcurrido más del lapso de los seis (6) meses conferido por la ley a la vindicta pública para concluir una investigación, y presentado como ha sido el decreto de archivo fiscal en la presente causa mal podría permitirse que los señalados imputados continuaran sometidos a su restricción de libertad por lo que este Juzgado Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda el cese de la medida cautelar que le fuera acordado en fecha: 09-10-09 por este tribunal a los imputados: FERNANDO RAFAEL CARVAL MONTERO, Venezolano; de 20 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-18.307.788; nacido en Valencia, Estado Carabobo, en fecha 20-07-88, soltero, de profesión u oficio comerciante; hijo de Janeth Montero y Fernando Carval; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, por la entrada de Infocentro, detrás del Stadium, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; DAVID JOSÉ DÍAZ MARCANO, Venezolano; de 19 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-22.628.351; nacido en Cumaná, en fecha 19-10-89, soltero, de profesión u oficio obrero; hijo de Richard Soto y Yuly Díaz Marcano; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, cerca de la casa comunal, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; y CARLOS JOSÉ MUÑOZ RIVERO, Venezolano; de 29 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-14.494.989; nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha 30-07-80, soltero, de profesión u oficio herrero; hijo de Carmen Josefina Rivero y Carlos Muñoz; residenciado en Caigüire, sector Brisas del Mar, calle La Marina, Casa S/N°, cerca del Infocentro, en los ranchos que están a la orinal de la playa, Cumaná, Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide , líbrese oficio al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE.
EL SECRETARIO JUDICIAL,
ABG. CARMEN DE ROMANELLI.-
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