REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. EXTENSIÓN CARÚPANO.
EXPEDIENTE N° 7.796.10.-
DEMANDANTE: LUIS JAVIER FUENTES GONZALEZ
DEMANDADO: YASMELIS ISOLINA REYES GUZMAN
MOTIVO: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGADO)
Se inicio el presente procedimiento mediante escrito presentado por el Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en Materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, abogado JOSE GREGORIO LEON BEJARANO; quien actuando de acuerdo con las facultades que le confieren el artículo 170, Literales “A” y “D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en representación del Ciudadano LUIS JAVIER FUENTES GONZALEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.436.325, domiciliado en Urbanización Charallave calle Páez casa Color Beige y Azul, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en condición de progenitor de su hijos, en contra la ciudadana YASMELYS ISOLINA REYES GUZMAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.886.006, domiciliada en Urbanización las Americas Andrés Eloy Blanco, calle 02, de Febrero casa Nº 04, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
“Mediante comparecencia por ante este Tribunal llegaron al siguiente acuerdo: “ La Responsabilidad de Crianza será de ambos progenitores, la Custodia la ejercerá el padre, el compartir con los Adolescentes y la niña se hará en la casa de su abuela Materna en la siguiente dirección Las Ameritas Urbanización Andrés Eloy Blanco, calle 02, de Febrero casa Nº 04, Carúpano y el teléfono correcto de la madre es el 0426-4815621, los días Lunes y Martes, desde las 01:00 P.M., y la niña desde el Lunes a las 8:00, a.m., y hasta el miércoles en la mañana…. Fines de semana alternos, previa consulta de sus progenitores” “.-
En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre el ciudadano LUIS JAVIER FUENTES GONZALEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.436.325, domiciliado en Urbanización Charallave calle Páez casa Color Beige y Azul, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y la ciudadana YASMELYS ISOLINA REYES GUZMAN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.886.006, domiciliada en Urbanización Andrés Eloy Blanco, calle 02, de Febrero casa Nº 04, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del 2010, años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
A BG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ
EL SECRETARIO,
DIOMAR RIVAS MAZA .
En la misma fecha se publico la anterior sentencia siendo las11:00 a.m., y se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.-
EL SECRETARIO,
ABG. DIOMAR RIVAS MAZA
EXP. N° 7.796-10.-
JMG/DRM/vc.-
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