JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 24 de mayo de 2.010
200º y 151º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ANTONIO JOSÈ PINO NORIEGA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº.5.186.660, domiciliado en la Calle Principal del caserío Queremene, casa s/n, de esta jurisdicción, asistido por la ciudadana ALBIS ELENA CABEZA PEREIRA, Abogado en ejercicio e Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.044 y con domicilio procesal en Carúpano, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez del estado Sucre y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Clase; CAMIONETA, tipo; VAN, Marca; CHEVROLET, Año; 1982, Modelo; 1982, COLOR; AZUL y BEIGE, Placas; BL772C, Motor; A8V318332, Carrocería; 2GCEG25H7G4116465, Destinado al Uso: TRANSPORTE PÙBLICO y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: , venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.223.854 y 12.290.922 todos domiciliados en , jurisdicción del Municipio Bermúdez de este estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano ANTONIO JOSÈ PINO NORIEGA, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar veinticuatro de mayo de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg.Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas .
Sol. N°.049-2010
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