JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

San José de Areocuar, 14 de mayo de 2.010
200º y 151º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSÈ RAMÒN MARRERO GONZÀLEZ , venezolano, mayor de edad, soltero, chofer, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº.12.529.627, domiciliado en la Calle Principal del caserío Camino de Guiria, casa s/n, de esta jurisdicción, asistido por el ciudadano Nestor L. Martínez A, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.42.973 y con domicilio procesal en Carúpano, municipio Bermúdez del estado Sucre y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Clase; CAMIÓN, tipo; PLATAFORMA, Marca; DODGE, Año; 1977, Modelo; D-300, COLOR; AZUL, Placas; 408FA0, Motor; 8M31812012201, Carrocería; T7-14291, destinado al uso: CARGA y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: CARMEN TIVISAY DE LA TRINIDAD RODRIGUEZ ZABALA y MARVELIS DEL CARMEN VELÁSQUEZ ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cèdulas de Identidad Nº 11.968.248 y 11.436.305 ,respectivamente, ambas todas domiciliadas en Canchunchú Viejo de Carúpano , jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano JOSÈ RAMÌN MARRERO GONZALEZ, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar , catorce de mayo de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg.Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas .
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U. Zoraima M. Vargas .
Sol. N°.039-2010