REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
SECCIÓN ADOLESCENTE
Carúpano, 26 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2009-000294
ASUNTO: RP11-D-2009-000294
ACTA DE IMPOSICION DE SENTENCIA
En el día de hoy, Veinte (20) de Mayo de 2010, siendo las 10:45 de la mañana, se constituyó en la Sala de Audiencias Nº 01 éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano, el Tribunal de Juicio Sección Adolescente, conformado por la Juez Profesional, Abg. Maria Mercedes Pereira Coronado, y el Secretario Judicial en funciones de sala, Abg. Laimalia Moya, con el objeto de llevar a cabo la Audiencia de Imposición de Sentencia, en el asunto signado con el Nº RP11-P-2009-000294, seguido en contra del acusado: (identificación Omitida), a quien la Representación de la Fiscalía Sexta Ministerio Público en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, le imputa la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Seguidamente se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal Sexta del Ministerio Público en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Abg. Moraima Goyo; la Defensora Pública Abg. Mercedes Molina. No estando presentes el acusado ni su representante legal. Seguidamente la ciudadana Juez da lectura a la Sentencia publicada en fecha 26 de Mayo de 2010, mediante el cual Declara DECLARA: PRIMERO: ABSUELTO al ciudadano (Identificación Omitida), venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 15 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.511.452, soltero, nacido en fecha: 27/01/1994, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de Antonio Fernández Y María Blanco Domiciliado puerto Santo Estado Sucre, calle principal de la playa Posada la asturiana cerca de la casa del padre Marcelo, municipio Arismendi, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del delito de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de: LA COLECTIVIDAD, todo con fundamento en las previsiones de los Artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo establecido en los artículos 8, 602, Literal “E”, 604 y 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. SEGUNDO: Se Decreta el cese inmediato de la medida Privativa de libertad que le fue impuesta al acusado, de conformidad con el único aparte del artículo 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. TERCERO: Se acuerda remitir el presente Asunto al Tribunal de Ejecución de ésta Sección Penal de Adolescentes, de este Circuito y Extensión Judicial, una vez quede firme la presente sentencia, en atención a lo establecido en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, cuya aplicación se hace por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial, para la continuación del debido proceso; para lo cual se instruye a la Secretaria Administrativa de este Juzgado. Quedan notificados los presentes en sala con la firma y lectura de la presente acta. Se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad legal. Notifíquese al acusado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 11:00 de la mañana.-
La Juez de Juicio Sección Adolescentes
Abg. Maria Pereira Coronado La Fiscal Sexta del Ministerio Público
Abg. Moraima Goyo Martínez
La Defensora Pública penal
Abg. Mercedes Molina
Los Alguaciles
El Secretario Judicial
Abg. Laimalia Moya