CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 10 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-002136
ASUNTO: RP11-P-2009-002136
EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”
Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada en fecha 26/11/2009, por Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual. CONDENA al Ciudadano: FRANCISCO JAVIER MUJICA MARCANO, venezolano, de estado civil: Soltero, de 21 años de edad, nacido en fecha 06-07-88, titular de Cédula de Identidad Nº 19.527.466, de profesión indefinida, hijo de Eladio Mújica y Del Valle Marcano y domiciliado en El Sector la Gloria, casa S/N, Río Caribe, Municipio Arismendi; del Estado Sucre, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículos 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano;
En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de: Dos (02) Años y Ocho (08) meses de prisión; fue detenido en fecha 28/09/2009 hasta la presente fecha (04-02-2009) tiene detenido: siete (07) Meses y doce (12) días, faltando por cumplir: Dos (02) Años, Dieciocho (18) días, que vencerá en fecha: 2/05/2011 .
El penado: Francisco Javier Mújica Marcano puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, una vez cumpla Ocho (08) meses de prisión.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, una vez cumpla diez (10) meses y veinte (20) Día, de prisión
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, una vez cumpla Un (01) Año, Nueve (09) Meses y Diez (10) Días.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, una vez cumpla Dos (02) años de prisión. Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.
1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio Caracas
2.- Al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano estado Sucre; a los fines de la practica del Examen Psicisocial; por cuanto el penado podrá optar a la Medida Alternativa de Cumplimiento de pena.
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.
Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, líbrese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria
Abg. Sirem Hernández Pérez.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 10 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-002136
ASUNTO: RP11-P-2009-002136
EJECUCIÓN DE SENTENCIA
“CON DETENIDO”
Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada en fecha 26/11/2009, por Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual. CONDENA al Ciudadano: FRANCISCO JAVIER MUJICA MARCANO, venezolano, de estado civil: Soltero, de 21 años de edad, nacido en fecha 06-07-88, titular de Cédula de Identidad Nº 19.527.466, de profesión indefinida, hijo de Eladio Mújica y Del Valle Marcano y domiciliado en El Sector la Gloria, casa S/N, Río Caribe, Municipio Arismendi; del Estado Sucre, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículos 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano;
En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de: Dos (02) Años y Ocho (08) meses de prisión; fue detenido en fecha 28/09/2009 hasta la presente fecha (04-02-2009) tiene detenido: siete (07) Meses y doce (12) días, faltando por cumplir: Dos (02) Años, Dieciocho (18) días, que vencerá en fecha: 2/05/2011 .
El penado: Francisco Javier Mújica Marcano puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, una vez cumpla Ocho (08) meses de prisión.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, una vez cumpla diez (10) meses y veinte (20) Día, de prisión
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, una vez cumpla Un (01) Año, Nueve (09) Meses y Diez (10) Días.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, una vez cumpla Dos (02) años de prisión. Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.
1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio Caracas
2.- Al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano estado Sucre; a los fines de la practica del Examen Psicisocial; por cuanto el penado podrá optar a la Medida Alternativa de Cumplimiento de pena.
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.
Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, líbrese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria
Abg. Sirem Hernández Pérez.
|