REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
CUMANÁ, 20 DE MAYO DE 2010
200º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000830
ASUNTO : RP01-P-2009-000830
COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: Deglis Alejandro Rodríguez.
Por cuanto es recibido en este Tribunal Oficio N° 630, suscrito por el Director del Internado Judicial de esta ciudad ARLAN MARIN, mediante el cual solicita de este Juzgado un cómputo actualizado del interno DEGLIS ALEJANDRO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.181.638, con sus respectivas fechas de detención; Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que en fecha 26 de Noviembre del año 2009, el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, en ocasión de la realización de Juicio Oral y Público, condeno por al ciudadano DEGLIS ALEJANDRO RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.181.638, profesión Mecánico, nacido en fecha 01-05-1979, hijo de Nancy Josefina Rodríguez y Fernando Luís Inserni y residenciado en el Peñón, sector la Pradera, calle 2, casa sin numero, segunda casa, Cumaná, Estado Sucre, tal como se evidencia a los folios Sesenta y Uno (61) al Sesenta y Tres (63) del expediente, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal , por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; siendo que este tribunal ejecuto dicha sentencia en fecha 07 de Diciembre del año 2009.-
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Penado: DEGLIS ALEJANDRO RODRÍGUEZ.
Pena Impuesta: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN.
Lapso de Privación: Desde el día 05 de Marzo del año 2009, según acta policial cursante al folio dos (02), tres (03) y cuatro (04) de los autos, hasta la fecha de hoy 20 de Mayo del año 2010.-
Pena Cumplida: de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DÍAS.-
Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS.-
Pena Que Culminara en Fecha: 05 DE MARZO DEL AÑO 2012.-
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Cómputo Actualizado de Pena al ciudadano DEGLIS ALEJANDRO RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.181.638, profesión Mecánico, nacido en fecha 01-05-1979, hijo de Nancy Josefina Rodríguez y Fernando Luís Inserni y residenciado en el Peñón, sector la Pradera, calle 2, casa sin numero, segunda casa, Cumaná, Estado Sucre, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy 20 de Mayo del año 2010: Pena Cumplida: de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DÍAS. Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS. Que Culminara en Fecha: 05 DE MARZO DEL AÑO 2012.- En consecuencia acuerda oficiar al Director del referido Centro Penitenciario, acordando remitir copias certificadas de la presente decisión, en la persona del Director del Internado Judicial.- Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Se acuerdan con lugar las copias solicitadas por la defensa. Líbrense las Boletas de notificaciones, informativa y oficios respectivos. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.-.