REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 24 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000222
ASUNTO : RP01-P-2004-000222

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: MARTÍN AGUSTÍN PARRA CORDERO.

Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de cómputo actualizado de la pena impuesta al penado de autos, hecho por el TSU ARLAN MARIN, en su carácter de Director del Internado Judicial de esta Ciudad, este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que el ciudadano MARTÍN AGUSTÍN PARRA CORDERO, titular de la cédula de identidad N° 7.7652.623, en fecha 10 de Agosto de 2006, durante la celebración de Audiencia Preliminar ante el Tribunal Cuarto de Control, una vez admitida totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público, impuesto como fue el procesado del procedimiento por Admisión de los Hechos, se acogió al mismo y por efecto de ello el referido Tribunal dictó sentencia condenatoria imponiéndole una pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISISON, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, decisión ésta que fue ejecutada por este Tribunal mediante auto de fecha 11 de Octubre de 2006, inserto a los folios doscientos (200) al doscientos uno (201) de la pieza 2° del expediente. Se evidencia de los autos además que a solicitud de traslado voluntario por parte del referido penado, se acordó su traslado al Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana, Estado Táchira, librándose exhorto a la Unidad de Jueces de Ejecución de aquel Estado, en San Cristóbal para que efectuara las funciones de vigilancia y Control de la pena de dicho ciudadano, otorgándose en fecha 16 de JUNIO de 2008, la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destino a Establecimiento Abierto, para ser cumplida en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Eduardo Herrera”.
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Pena Corporal Principal Impuesta: OCHO (8) AÑOS DE PRISION.-
Lapso de Primera detención: el 20 de SEPTIEMBRE de 2004, al día 23 de OCTUBRE de 2008, (fecha ésta en que el penado dejo de cumplir con la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destino a Establecimiento Abierto, por lo que se puede concluir que tiene en este período un lapso de Pena Cumplida de: CUATRO (4) AÑOS, UN (1) MES Y TRES (3) DÍAS.
Lapso de Segunda detención: 26-03-2010 (fecha en la que es capturado y detenido folio 79 de la cuarta pieza) hasta el día de hoy 24-05-2010, por lo que se concluye que tiene una pena corporal efectivamente cumplida de: UN (1) MES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS.
1° Redención (12-12-06): NUEVE (9) MESES, CUATRO (4) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
2° Redención (15-06-07): DOS (2) MESES, DIECINUEVE (19) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
Pena Efectivamente Cumplida (Física+Redenciones) al día de hoy (24-05-2010): CINCO (5) AÑOS, TRES (3) MESES Y CINCO (5) DÍAS.
Pena Por Cumplir: DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRISIÓN.
Fecha que Finaliza la Pena: el Día 19 de FEBRERO de 2013.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Computo Actualizado de Pena al penado MARTÍN AGUSTÍN PARRA CORDERO, titular de la cédula de identidad N° 7.7652.623, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 24 de MAYO de 2010: PENA CUMPLIDA: CINCO (5) AÑOS, TRES (3) MESES Y CINCO (5) DÍAS; PENA POR CUMPLIR: DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRISIÓN y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 19 de FEBRERO de 2013. Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Director del Internado Judicial del Estado Sucre. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como al Defensor. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Primero de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. GILBERTO FIGUERA.