REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 23 de Marzo de 2010
199º y 151º
Vista la anterior diligencia de fecha 15/03/2010, suscrita por el Ciudadano JUAN BAUTISTA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.280.630, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio y de este domicilio LUISA HERMINIA BASTARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.177, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, habiéndosele dado cuenta al ciudadano Juez de la misma, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO solicitado, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente proceso. Asimismo, se ordena el archivo del expediente. Ello en virtud del juicio que por COBRO DE BOLIVARES intentado por el ciudadano JUAN BAUTISTA CEDEÑO en contra de los ciudadanos JESUS ALBERTO FIGUERAS CAÑA Y LILISBETH VERONICA GUILARTE MENDOZA.
EL JUEZ TEMPORAL,
Abog. EDGAR VALLEJO
LA SECRETARIA
Abog. ROSELY PATIÑO
HOMOLOGACIÓN: DESISTIMIENTO.-
Exp. Nro. 7048-09
EVJ/yp.-