CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 8 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001985
ASUNTO: RP11-P-2009-001985
EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”
Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada por Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; de fecha 17/12/2009, mediante el cual CONDENA a los Ciudadanos: Víctor José Sotillo, quien es venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 16/10/1989, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.744.856, hijo de Maria Sotillo y Padre Desconocido y domiciliado en Calle Miranda, Sector el Gorgojo, casa s/n, Caserío Campo Claro, Municipio Mariño, Estado Sucre y Yuleivis Del Valle Hernández Clemant, quien es venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 31 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, nacida en fecha 27/11/1977, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.089.051, hija de Juan Antonio Hernández y Clemant Avila y domiciliada en: Calle Miranda, Sector el Gorgojo, casa s/n, Caserío Campo Claro, Municipio Mariño, Estado Sucre, a cumplir la pena de Tres (03) años y Cuatro (04) meses de prisión, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la Modalidad de Distribución, tipificado en el articulo 31 tercer y ultimo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 37 del Código Penal Venezolano y 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de Tres (03) años y Cuatro (04) meses de prisión; el cual fue detenido en fecha 11/10/2009 hasta la presente fecha 08/03/20010; los cuales tienen detenido: Cuatro (04) Meses y veintisiete (27) días, faltando por cumplir: Dos (02) Años, Once(11) Meses y tres (03) días, que vencerá en fecha:11/02/2013.
Los penados Víctor José Sotillo y Yuleivis Del Valle Hernández Clemant, pueden optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 11/08/2010.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 21/11/2010.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 01/12/2011.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirán en fecha 11/04/2012.
Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.
1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio. Caracas
2.- Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano. Estado Sucre; a los fines de la practica del Examen Psicisocial.
3.- Al Director del Internado Judicial de esta ciudad.
Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, líbrese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria
Abg. Nereida Estaba.
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