CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 5 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001595
ASUNTO: RP11-P-2009-001595

EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”

Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada, por Tribunal por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; en fecha 30/10/2009; mediante el cual. CONDENA al Ciudadano: Gustavo Rafael Bermúdez, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.580.351, de profesión u oficio Estudiante Construcción naval, de 30 años de edad, nacido en fecha 28-04-1979, hijo de Mirian Bermúdez y padre desconocido, domiciliado en Charallave, cuarta calle, casa N° S/, cerca del Club de los Almendrones, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de Estafa, previsto y sancionado en el articulo 462 encabezamiento numerales 1 y 2 del Código Penal, Usurpación de Funciones, previsto y sancionado en el articulo 213 del Código Penal, de Falsedad de Actos, previsto y sancionado en el articulo 322 del Código Penal, y Usurpación de identidad, previsto y sancionado en el articulo 320 del Código penal, en perjuicio de adolescente; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantienen las medidas de coerción personal que hasta la fecha recae sobre la acusada, hasta tanto el Tribunal de Ejecución decida lo conducente.

En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:

Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de: Seis (06) Años de prisión. Fue detenido en fecha 17/07/2009 hasta la fecha 22/02/2010; tiene detenido: Siete (07) meses y cinco (05) día, faltando por cumplir: cinco (5) Años, Cuatro (04) Meses y veinticinco (25) días; pena que vencerá en fecha: 17/07/2015.

El penado: Gustavo Rafael Bermúdez, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:

1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 17/01/2011.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha17/07/2011.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha17/07/2013.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirán en fecha 17/01/2014.

Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.

Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal, mediante boleta informativa.

1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio. Caracas
2.- Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano. Estado Sucre; a los fines de la practica del Examen Psicisocial.
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.

Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, librese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución

Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria

Abg. Nereida Estaba.