CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 15 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-004438
ASUNTO: RP11-P-2008-004438
AUTO DE NUEVO CÓMPUTO
Revisado como ha sido el presente asunto, seguido al Luís Eduardo Salazar Caraballo, quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.927.663, nacido en fecha desconocida, soltero, obrero, hijo de Antonia Caraballo y Eduardo Salazar, y residenciado en la calle Cantaura, Casa Nº 37, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, más las accesorias de ley; por la comisión de los delitos de Robo Propio, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, y Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Pedro José Rodríguez; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo previsto en los artículo 37, 74 ordinales 4° y 16 todos del Código Penal.
Ahora bien, conforme a la constancia de trabajo expedida por la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad, el penado: Luís Eduardo Salazar Caraballo, quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.927.663, nacido en fecha desconocida, soltero, obrero, hijo de Antonia Caraballo y Eduardo Salazar, y residenciado en la calle Cantaura, Casa Nº 37, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, más las accesorias de ley; se observan en el siguiente computo: Un (01) Años, tres (03) Meses y Veinticuatro (24) Días; (Más la presente Redención) por el tiempo de: Cinco (05) Meses, Nueve (09) Días y de Doce (12) horas; da un total de Pena Cumplida con Redención de: Un (01) Año; Nueve (09) meses; Tres (03) Días, Doce (12) horas. Le falta por Cumplir: Cuatro (04) Años, Dos (02) Meses; veintiséis (26) Días y Doce (12) horas de pena impuesta; que vencerá en fecha: 14/07/2014.
El penado Luís Eduardo Salazar Caraballo, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 11/01/2010 a las Doce (12) horas.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 11/07/2010 a las Doce (12) horas.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 11/07/2012 alas Doce (12) horas
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena, cumplirán en fecha11/01/2013 a las Doce (12) horas.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda notificar de la presente decisión al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y al Penado junto con boleta informativa y a su Defensor de la presente decisión, igualmente se acuerda |remitir del presente auto de nuevo cómputo al Director del Internado Judicial de esta Ciudad, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que le practique el correspondiente examen Psicosocial. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución La Secretaria
Abg. Abelardo Royo. Abg. María Vásquez.
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