REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
CUMANÁ, 5 DE MARZO DE 2010
199º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-004325
ASUNTO : RJ01-P-2008-000005
Visto el contenido del oficio signado con el N° PK110F02010001306, de fecha 28 de enero del año 2010, suscrito por la ABG. NORA MARGO AGÜERO CASTILLO, Juez Tercero de Juicio de Acarigua- Estado Portuguesa, donde solicita el traslado del penado CARLOS JOSÉ FERNANDEZ BARRETO, titular de la cédula de identidad N° 8.917.034, el cual se encuentra recluido en el Internado judicial de Valencia, Tocuyito, hasta la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, a los fines de asegurar la presencia del mismo en la celebración del Juicio Oral y Público, el cual se encuentra suspendido motivado a la falta de traslado del mismo, ; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Cumaná, estado Sucre, acuerda trasladar de manera URGENTE al penado CARLOS JOSE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.917.034, con las seguridades que el caso amerita, a la sede del Circuito Judicial de Acarigua, Estado Portuguesa, debiendo permanecer en el Internado Judicial de esa ciudad, a saber, Centro Penitenciario, Santa Ana, hasta la culminación del juicio oral y público, por lo que ordena librar oficiar al Director del internado Judicial de Tocuyito, para que realice el traslado del penado CARLOS JOSÉ FERNANDEZ BARRETO, quien se encuentra recluido en ese centro carcelario en el pabellón 2 letra H, hasta el Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, debiendo realizar las diligencias pertinentes, con los organismos de seguridad del estado y con los organismos gubernamentales de ser el caso, para realizar el traslado del penado. Así mismo se ordena librar oficio al Director de Prisiones, participándole que este Tribunal en reiteradas ocasiones ha ordenado el traslado del penado CARLOS JOSÉ FERNANDEZ BARRETO, hasta el Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, para que el mismo comparezca ante el Tribunal Tercero de Juicio de ese circuito penal, para realizarle el juicio que se le sigue en su contra, y él mismo no ha sido trasladado por no contar el penal de tocuyito con transporte para realizar el traslado, según lo indicado por el Director del penal, en comunicación enviada a este tribunal, es por ello que se le solicita interponga sus buenos oficios, para que el penado sea trasladado a la brevedad posible, hasta el Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua. Líbrese oficio a la Dra. NORA MARGO AGÜERO CASTILLO, Juez Tercero de Juicio, informándole lo acordado. Líbrese lo conducente. “Cúmplase”.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. TAYLOMAR BRICEÑO CHACÓN.-.