REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
CUMANÁ, 18 DE MARZO DE 2010
199º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002247
ASUNTO : RP01-P-2007-002247
COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: Víctor José Fermín Veliz.
Por cuanto es recibido en este Tribunal Oficio N° 278, suscrito por el Director del Internado Judicial de esta ciudad, mediante el cual solicita de este Juzgado la practica de Computo de la pena impuesta al penado VÍCTOR JOSÉ FERMÍN VELIZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.777.274; Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que el ciudadano VICTOR JOSE FERMIN VELIZ, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.777.274, fecha de nacimiento 09-07-1970, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Víctor Fermín y Carmen Véliz, residenciado en Brisas del Aeropuerto, Calle Nº 6, Casa Nº 141, Maturín, Estado Monagas, quien fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, mediante decisión de fecha 18 de Agosto del año 2008, dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, dictándose en fecha 01 de Diciembre del año 2008, auto de Ejecución de dicha sentencia definitivamente firme.-
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
PENADO: Víctor José Fermín Veliz.
PENA IMPUESTA: OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN.
Lapso de Privación: Desde el día 13 de Julio del año 2006 (fecha en al que es detenido, tal como se evidencia de acta policial cursante a los autos procesales) hasta el día de hoy 18 de Marzo del año 2010, lo cual hace un tiempo de pena cumplida de: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES Y CINCO (05) DÍAS.
1° Redención (10/03/2009): Siete (07) meses y Doce (12) Horas.
Pena Definitiva Cumplida (Físico + Redenciones): De CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES, CINCO (05) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS Y DOCE (12) HORAS.-
Pena Que Culminara en Fecha: 12 de DICIEMBRE DEL AÑO 2013, A LAS 12:00 HORAS.-
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Cómputo Actualizado de Pena al ciudadano VICTOR JOSE FERMIN VELIZ, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.777.274, fecha de nacimiento 09-07-1970, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Víctor Fermín y Carmen Véliz, residenciado en Brisas del Aeropuerto, Calle Nº 6, Casa Nº 141, Maturín, Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 18 de Marzo del año 2010: Pena Cumplida de: CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES, CINCO (05) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS Y DOCE (12) HORAS.- Pena Que Culminara en Fecha: 12 de DICIEMBRE DEL AÑO 2013, A LAS 12:00 HORAS.- En consecuencia acuerda oficiar al Director del referido Centro Penitenciario, acordando remitir copias certificadas de la presente decisión, en la persona del Director del Internado Judicial.- Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y en el caso de este ultimo remítase copia certificada del presente auto.- Líbrense las Boletas de notificaciones y oficios respectivos. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS ALFREDO PRIETO.-.